Si estás interesado en venir a España para trabajar y buscas una vía legal para hacerlo, el visado para la búsqueda de empleo puede ser una opción.
No obstante, es necesario tener en cuenta los requisitos para la solicitud de este visado, ya que su aplicación será estricta y limitada a los casos previstos en la ley.
¿Qué es el visado para la búsqueda de empleo?
Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería, a partir del 20 de mayo de 2025, el visado para la búsqueda de empleo permitirá, a los ciudadanos extranjeros desplazarse a España y residir legalmente durante un periodo de hasta 12 meses, con el objetivo de encontrar un trabajo en determinadas ocupaciones y zonas geográficas que serán previamente definidas por el Estado español.
Este visado está regulado no solo por el reglamento de extranjería, pero también por la Orden Ministerial que regula la gestión colectiva de contrataciones de origen, que varía anualmente.
Por lo que, debido a los cambios y actualizaciones a los cuales está sujeto el tema, es necesario contar con información actualizada en el momento de la solicitud de tu proceso.
¿Quién puede aplicar a este visado?
La legislación contempla dos casuísticas:
- Visado para hijos o nietos de españoles de origen
- Visado para ocupaciones y ámbitos territoriales determinados
La orden ministerial que regula la gestión colectiva de contrataciones en origen determinará el número de visados que serán dirigidos a los hijos y nietos de españoles y a determinadas ocupaciones y ámbito territoriales, bien como el sistema de selección de los destinatarios y el proceso para la presentación de la solicitud.
Este número y la determinación de las ocupaciones y ámbitos territoriales correspondientes serán determinados y revisados anualmente en función de la situación nacional de empleo en España y de la demanda de mano de obra en el país, en conjunto con las estadísticas y pareceres del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en esta materia.
Requisitos para solicitar este visado
Para obtener este visado es necesario cumplir con los requisitos genéricos establecidos en el artículo 38 del Reglamento de Extranjería:
a) Que la persona extranjera aporte el impreso de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado.
b) No encontrarse irregularmente en territorio español.
c) No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
d) Que la persona extranjera aporte pasaporte o título de viaje en vigor, reconocido como válido en España, con una vigencia mínima de un año.
e) En el caso de que la persona solicitante sea mayor de edad penal, carecer de antecedentes penales en los países donde haya residido durante los últimos cinco años por delitos previstos en el ordenamiento español.
f) Que la persona extranjera sea titular de una autorización inicial de residencia y/o trabajo, cuando esto sea exigible.
g) Que la persona extranjera cumpla los requisitos específicos relativos al visado establecidos en el procedimiento para cada tipo de autorización.
h) Que la persona extranjera haya abonado la tasa por tramitación del visado.
i) Que la persona extranjera aporte certificado médico con el fin de acreditar que no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
Además de los requisitos genéricos, también deberá demostrar el cumplimiento de los requisitos específicos para el visado de búsqueda de empleo, entre ellos:
– Demostración de medios económicos suficientes
– Demostración de ser hijo o nieto de español, en el supuesto correspondiente
– Demostración de cumplimiento de los requisitos para la ocupación de determinados puestos y localización geográfica, que serán definidos por la orden ministerial correspondiente.
Procedimiento de solicitud y contratación
- Selección en origen:
Los interesados deben participar en los procesos de selección que serán establecidos por la Orden Ministerial correspondiente y que serán realizados por la autoridad competente. - Solicitud del visado: La solicitud deberá ser realizada en el consulado de España en el país de residencia del interesado. Este visado no podrá ser solicitado directamente en España.
- Concesión del visado: Una vez aprobado, el visado autorizará la residencia en España por un período de 12 meses.
- Búsqueda de empleo
Durante ese período, el solicitante podrá buscar empleo en la ocupación y zona establecidas. - Solicitud de autorización de residencia y trabajo
Si el titular de este visado consigue un contrato, el empleador deberá presentar una solicitud de autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena, para que pueda empezar a trabajar.
– El plazo máximo, previsto, para resolver la solicitud de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena es de 10 días hábiles, según la nueva normativa, pero en la práctica necesitaremos ver cómo va se va a gestionar el tema, ya que actualmente los plazos de respuesta para las autorizaciones de residencia y trabajo son muy superiores al plazo indicado. - Alta en Seguridad Social: Una vez aprobado el visado, la autorización entrará en vigor cuando el trabajador se dé de alta en la Seguridad Social.
- Tras la comunicación del alta en la seguridad social, el extranjero deberá solicitar su tarjeta de identidad de extranjero (TIE) ante la comisaría de policía correspondiente.
- ¿Qué pasa si encuentro un empleo con un visado para la búsqueda de empleo?
Durante el período de duración del visado, en el caso de que el extranjero consiga un contrato, el empleador deberá presentar una solicitud de autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena en favor de la persona extranjera, que solo podrá empezar a trabajar tras la aprobación de la autorización de residencia.
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Abogada especialista en Movilidad Internacional.


3 respuestas
Buenas tardes. Vivo actualmente en Portugal, soy Argentina, quisiera saber cuales son las opciones para poder ir a vivir a España legalmente. Actualmente estoy tratando de homologar mi título para España. Estoy con mi marido y mi hija. No soy ciudadana Europea.
Paula, gracias por tu mensaje. Hay diversas opciones para la regularización migratoria en España, que dependen de situaciones como: vínculos familiares, oportunidades profesionales, interés en estudios, tipo de permiso en otro Estado Miembro (en tu caso, Portugal), etc. Por eso, recomendamos que realices una reunión con nuestros expertos, los cuáles escucharán con atención tu caso, tu proyecto y tus objetivos y harán las preguntas adecuadas para determinar el planteamiento migratorio más adecuado y eficiente de acuerdo con tu situación. Te contactaremos para proponer una reunión y estaremos encantados de escucharte y de ayudarte en este proceso!
Todavía no salio orden ministerial.?profesión de Medico considera puede solicitar ese visa?